Soluciones y servicios para empresas
Nuestra prioridad es brindar la información
y el servicio para obtener una eficiente cobertura de seguros


EL SISTEMA DE RIESGOS DEL TRABAJO

La promulgación de la Ley N° 24.557 en el año 1995 significó un cambio fundamental en las cuestiones derivadas de Accidentes Laborales y Enfermedades Profesionales, tanto en las responsabilidades de su tratamiento como en las consecuencias legales derivadas de su ocurrencia.

A partir del 1° de julio de 1996 los Accidentes Laborales y Enfermedades Profesionales sufrieron los siguientes cambios en su tratamiento:

  • Se establece este Sistema como Obligatorio para todos los empleadores de la República Argentina.

  • El responsable primario es la Aseguradora de Riesgos del Trabajo. Esta es una Compañía de Seguros, de fin único, que tiene en forma primaria obligaciones de hacer, brindar asistencia médica y farmacéutica, rehabilitar al accidentado y recalificarlo laboralmente. Luego, en función de la disminución de la capacidad laborativa del trabajador, pasa a tener obligaciones de dar indemnizaciones resarcitorias de ese daño, pero nunca deja de tener las obligaciones de hacer, mientras subsistan derivaciones del accidente o enfermedad laboral.

  • La Ley pretende eliminar cualquier vía de reclamo que no sea la legislada, dando una protección jurídica a las empresas transfiriendo los Riesgos a las Aseguradoras. Estas en función de la colectivización del Riesgo y los volúmenes de afiliados estuvieron en condiciones de generar ventajas competitivas.

Para más información lo invitamos a leer:

La Reforma de la Ley 24.557

El Seguro de Riesgos del Trabajo en el 2002

Acordada de la Corte Suprema de Justicia
Constitucionalidad de la Ley de Riesgos de trabajo